Los riesgos del alquiler: un juicio de desalojo puede durar hasta 5 años por lentitud judicial

Lo más grave es que si ese proceso se logra ganar en dos instancias, nada asegura que aquel inquilino moroso que ha actuado de mala fe pague la deuda acumulada por no pagar la renta.

Desamparo. Luz Benavente (a quien acompaña su hijo Emilio) teme que Lazo Pita siga en el departamento que le alquiló sin pagar su deuda. (Foto: Karen Zárate)
Por César Sarria Gomí

A Luz Benavente, Jesús Alberto Lazo Pita le pareció una persona honorable desde que tocó su puerta por primera vez para preguntar por el departamento en Surquillo, en setiembre del 2008. Se presentó como abogado y esto la convenció. Se lo alquilaría por un año, por S/.700 mensuales.

Lo que Benavente nunca sospechó fue que Lazo utilizaría precisamente sus conocimientos en Derecho para extender su permanencia en ese departamento en la urbanización Los Sauces sin pagar ni un sol de alquiler.

EL CASO
Los problemas empezaron meses después, cuando Lazo, una persona difícil de tratar, según sus caseros, se negó a pagar el mantenimiento del departamento. Tras una serie de reclamos y conflictos, Benavente decidió no renovarle el contrato. Cuando se lo informó, Lazo le respondió: “Nos iremos a juicio. Como abogado voy a encargarme de que dure el mayor tiempo posible. Mientras tanto, olvídese de cobrarme que no le voy a pagar ni un sol”.

Han pasado más de un año y Lazo cumplió su amenaza. El juicio por desalojo que le interpuso Benavente no ha avanzado y Benavente no sabe a quién recurrir.

Anoche, a las 7:30 p.m., El Comercio buscó a Lazo en el departamento de Surquillo. Aunque se veía una luz prendida, nadie abrió. Se insistió durante una hora sin éxito. El abogado tampoco tiene ningún teléfono fijo a su nombre.

Como este hay cientos de casos en los que los propietarios son víctimas de la mala fe de sus inquilinos sin que el sistema legal peruano ofrezca una solución rápida y justa.

EL PROBLEMA
Según Pío Salazar, abogado del estudio Pizarro, Botto & Escobar, un juicio por desalojo puede durar hasta cinco años. “El problema radica en la falta de recursos y capacidades del Poder Judicial para solucionar todos los casos. A esto se suman las huelgas y la corrupción. En un escenario ideal, un juicio por desalojo no debería durar más de seis meses”, explicó.

Lo más grave es que si ese juicio se logra ganar en dos instancias, nada asegura que aquel inquilino moroso que ha actuado de mala fe pague la deuda acumulada por no pagar la renta. En la mayoría de casos, los propietarios se dan por satisfechos con ver a esos malos inquilinos fuera de su propiedad.

“El afectado puede iniciar un nuevo juicio para cobrar el dinero adeudado. Sin embargo, este nuevo proceso puede durar tanto como el de desalojo”, dijo Salazar.

Fausto Viale, abogado del estudio Rubio, Leguía, Normand & Asociados, explica que los propietarios tienen muy pocas herramientas para prevenir una situación como esta. “Averiguar los antecedentes judiciales y crediticios ayuda a saber con quién estamos tratando”, sugirió.

Ambos abogados y otros especialistas recomiendan crear un listado de inquilinos morosos, al estilo de las centrales de riesgo crediticio. Así, si un inquilino es moroso, no podría acceder a créditos.

EL OTRO LADO DEL PROBLEMA
El problema opuesto es el que enfrentan los habitantes de predios tugurizados. Para evitar que sean desalojados, la Comisión de Vivienda del Congreso aprobó, esta semana, una ley de protección a inquilinos ante posibles desalojos que extiende automáticamente hasta diciembre del 2011 su derecho a permanecer donde están, en el caso de predios cuyo autovalúo no exceda los S/.2.880.

Según la congresista Olga Cribilleros (Apra), presidenta de dicha comisión, la ley busca dar tiempo a estas familias para acceder a programas estatales de vivienda y no quedarse en la calle.

Sin embargo, para el arquitecto Carlos Fernández-Dávila, este tipo de leyes impide la modernización de la ciudad.

EL DATO
Contrato social
El 95% de contratos de alquiler no está asentado en Registros Públicos. Son acuerdos basados en confianza mutua entre dos partes.